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martes, 21 de julio de 2015

ELECCION DE MAGISTRADOS (2)

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Cada día aumenta el análisis, las noticias, foros y cabildeos en torno a la elección de los magistrados de la nueva Corte Suprema de Justicia de Honduras para el periodo 2016-2023.
Para darle cumplimiento al ordenamiento jurídico aplicable al presente hecho el presidente del Parlamento Hondureño-Dr. Mauricio Oliva  durante el transcurso de la cuarta semana del mes de julio del corriente año (2015) girará las respectivas invitaciones a las organizaciones para que procedan a las elección de sus dos representante para  integrar la Junta Nominadora para la Elección de Candidatos Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
El articulo cuatro de la Ley Orgánica de La Junta Nominadora estipula que este ente esta integrada por un representante propietario y su respectivo suplente: 1.-Un representante de la Corte Suprema de Justicia electo por el voto favorable de las dos terceras partes de los magistrados; 2.-Un representante del Colegio de Abogados de Honduras, electo en Asamblea; 3.-El comisionado Nacional de los derechos Humanos,
4.-Un representante del Consejo hondureño de la Empresa Privada (COHEP) electo en Asamblea; 5.-Un representante del Claustro de Profesores de las Escuelas de ciencias Jurídicas, cuya pospuesta se efectúa a través de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras; 6.-Un  representante electo por las organizaciones de la Sociedad Civil; y 7.-Un representante de las Confederaciones de Trabajadores.
Cada de las organizaciones que forman parte de la Junta Nimnadora presentaran un listado no mayor de 20 abogados como pre-candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia, asi mismo cualquier profesional del derecho que cumpla con los requisitos exigidos puede autoproponerse.
La Junta Nominadora luego del procedimiento establecido de los propuestos elije 45 candidatos a magistrados, los cuales remite al Congreso Nacional y es quien escoge a los 15 jueces para ejercer el cargo por un periodo de siete años.
Tal como establece la Constitución de la República en su articulo 309 cada uno de los candidatos a magistrados debe cumplir con los siguientes requisitos: 1.-Ser hondureño por nacimiento; 2.-Estar en el goce y ejercicio de sus derechos; 3.-Abogado debidamente inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras; 4.-Ser mayor de 35 años y 5.- Haber ejercido o trabajado para el Poder Judicial durante cinco años o ejercido la profesión como abogado. 

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